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Solución alternativa para los conflictos en el ámbito fiscal.

Nota publicada en http://www.quilmespresente.com/notas.aspx?idn=219430&ffo=20091004 .

A propósito de la sanción de la ley de mediación obligatoria previa a una acción judicial civil o comercial en el ámbito de la provincia de Buenos Aires (Ley 13.951 BOPBA 10-02-09), e implicando este un método de resolución alternativa de conflictos, cabría preguntarse si alguna de las metodologías que abarca aquel concepto, tales como conciliación, arbitraje, el consenso entre partes o la misma mediación, podría incorporarse como herramienta dentro del ordenamiento jurídico tributario, con aquellos loables fines de dirimir una disputa entre un órgano recaudador tributario y un sujeto pasivo de una relación jurídica tributaria por medio de una salida no conflictiva, efectivizada en un plazo exiguo.